La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Beni desestimó este lunes una acción de carácter popular que pretendía la inhabilitación de candidatos presidenciales que no habían dimitido de sus responsabilidades en ejercicio.
El fundamento de la desestimación radicó en la consideración de que la acción no involucraba derechos difusos o colectivos que ameritaran la tutela constitucional. La iniciativa legal había sido interpuesta por Marlene María Sierra Terán, quien fundamentó su petición en la interpretación de la Sentencia Constitucional 0007/2025 y el Auto 0083/2024, normativas que, a su juicio, impedirían una segunda reelección para cargos de elección popular.
El recurso buscaba, en concreto, la inhabilitación de las candidaturas de Andrónico Rodríguez (Alianza Popular) y Rodrigo Paz (PDC), así como de los alcaldes que también aspiran a la presidencia: Eva Copa (Morena), Manfred Reyes Villa (APB-Súmate) y Jhonny Fernández (La Fuerza del Pueblo).
La resolución emitida será debidamente notificada a las partes intervinientes en el proceso.
Previamente a la sesión, el Tribunal Departamental de Justicia del Beni había manifestado formalmente su preocupación ante lo que describió como una injerencia en la independencia judicial. Una comunicación oficial, suscrita por los vocales de la Sala Constitucional Primera, Marco Antonio Justiniano y Charles Mejía, y dirigida al presidente del Tribunal Supremo de Justicia, Romer Saucedo, detallaba la presencia de funcionarios del Consejo de la Magistratura en las instalaciones judiciales, un hecho que fue interpretado como un intento de interrupción o suspensión de la audiencia programada para la acción popular. Desde el órgano judicial se reafirmó la determinación de preservar la autonomía y la integridad de sus procesos