Una legisladora nacional ha expresado profundas inquietudes sobre la transparencia y la seguridad del sistema electoral del país, poniendo especial énfasis en el alcance del acceso que la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (Agetic) tiene sobre los datos electorales sensibles.

Se ha señalado que la Ley 1057, promulgada en 2018, establece explícitamente que Agetic puede acceder a los servidores del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y del Servicio de Registro Cívico (Sereci). Este marco legal permite a la agencia monitorear resultados, verificar el padrón biométrico y realizar seguimiento, y se subraya que esta normativa sigue plenamente vigente, lo que implica que el acceso de Agetic persiste a menos que la ley sea abrogada o el parágrafo correspondiente derogado.

La legisladora manifestó su asombro ante la aparente falta de conocimiento de la normativa nacional por parte de ciertos funcionarios, incluyendo un vocal del TSE y personal de Agetic. Esta preocupación se ve reforzada por antecedentes históricos, como los eventos de 2019, cuando, tras denuncias de irregularidades electorales, se reportó el hallazgo de material electoral, tanto físico como digital, en las instalaciones de Agetic. En ese mismo contexto, surgieron acusaciones sobre la modificación de actas electorales a través de servidores ocultos, alimentando las actuales dudas sobre la integridad del sistema.

La designación de algunos funcionarios electorales también ha sido objeto de crítica, particularmente la de un vocal cuya trayectoria, especialmente en relación con los acontecimientos de 2019, genera interrogantes sobre su imparcialidad y la confianza pública. A esto se suma el reciente incidente del pasado jueves, cuando el sistema del Sereci experimentó una interrupción de cuatro horas, un hecho que, según la legisladora, profundiza el escepticismo ciudadano sobre la robustez de la infraestructura electoral.

Se ha afirmado que la posibilidad de fraude electoral es una preocupación latente, especialmente si los puntos de acceso externos a los servidores electorales no están adecuadamente protegidos. A pesar de las garantías ofrecidas por el órgano electoral sobre la seguridad de sus servidores, persisten dudas sobre su invulnerabilidad a manipulaciones externas durante el proceso de cómputo de votos. Para asegurar una transparencia efectiva, se ha instado al Tribunal Supremo Electoral a declarar públicamente que, a pesar de la vigencia de la Ley 1057, no se permitirá el acceso irrestricto de Agetic a los servidores, o que se implementarán medidas estrictas para garantizar la integridad del proceso, en lugar de simplemente desestimar las inquietudes ciudadanas. Una auditoría sobre quiénes acceden a los servidores del órgano electoral el día de la votación ha sido sugerida como una medida concreta para verificar la integridad.

Finalmente, se ha indicado que, si bien las acciones legales inmediatas ante el Ministerio Público podrían enfrentar desafíos debido a percepciones de alineaciones políticas, existen vías para presentar denuncias una vez concluida la jornada electoral. La constante ratificación de la validez de la Ley 1057, que otorga a Agetic acceso a los servidores del órgano electoral, subraya la responsabilidad de las autoridades electorales de demostrar un compromiso inquebrantable con la transparencia y la seguridad del proceso

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