Bolivia ha implementado una significativa reforma legal destinada a fortalecer la protección de su población más joven. El presidente en ejercicio, David Choquehuanca, oficializó una nueva normativa que prohíbe de manera categórica tanto el matrimonio como la unión libre para personas que no hayan alcanzado la mayoría de edad.
Esta medida legislativa, identificada como Ley 1639, introduce modificaciones sustanciales al contenido de la Ley 603, conocida como el Código de las Familias y del Proceso Familiar, que ha estado en vigor desde finales de 2014.
La promulgación de esta ley fue comunicada públicamente por el presidente Luis Arce, quien se encuentra de viaje en Estados Unidos. El mandatario destacó la celeridad con la que el Órgano Ejecutivo procedió a la promulgación una vez que la Asamblea Legislativa Plurinacional remitió el texto modificatorio. Subrayó que la esencia de la nueva disposición radica en declarar nulo de pleno derecho cualquier matrimonio o unión de hecho que involucre a individuos menores de la edad legalmente establecida, enfatizando que tales acuerdos no podrán ser convalidados bajo ninguna circunstancia.
La génesis de esta legislación se encuentra en una iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados el 17 de septiembre. Su objetivo primordial es garantizar la protección integral de niñas, niños y adolescentes, alineando el marco jurídico nacional con los principios internacionales de derechos humanos y salvaguarda infantil. Con ello se busca prevenir los matrimonios forzados y asegurar el bienestar físico, mental y social de los menores.
Desde la perspectiva legislativa, la reforma busca erradicar las uniones infantiles, muchas de las cuales son propiciadas por acuerdos familiares que vulneran los derechos fundamentales de los jóvenes. Estas situaciones, a menudo, exponen a los menores a contextos de abuso y violencia, e incluso, en algunos casos, vinculan a las víctimas con sus propios agresores, comprometiendo gravemente su salud y desarrollo emocional.
Hasta la fecha de esta reforma, la legislación boliviana permitía que adolescentes a partir de los dieciséis años contrajeran matrimonio, siempre y cuando contaran con una autorización judicial o el consentimiento paterno. Esta figura legal había sido objeto de críticas recurrentes por parte de diversas organizaciones internacionales dedicadas a la defensa de los derechos de la infancia durante varias décadas