De acuerdo con la Constitución, el mandato de todos los vocales del Órgano Electoral Plurinacional (OEP) concluye el 19 de diciembre, sin excepción para aquellos que asumieron sus funciones en fechas posteriores a 2019. Así lo explica la abogada constitucionalista María Elena Attard, quien aclara que la designación de reemplazos no implica una extensión automática del periodo, ya que el cómputo se realiza sobre el mandato constitucional y no en función de la duración individual del cargo.

Attard señala que, ante una causal específica, se debe proceder a la sucesión de autoridades para completar el periodo constitucional establecido, pero esto no significa que una renuncia dé lugar a un nuevo periodo completo. Este principio se aplica también a otras entidades como el Tribunal Constitucional Plurinacional y a cargos como el de Presidente o Presidenta del Estado, cuyos mandatos están regulados por periodos constitucionales que buscan garantizar la rotación democrática del poder.

Desde esta perspectiva, la especialista sostiene que el mandato del vocal designado por el presidente del Estado, que comenzó con Salvador Romero en noviembre de 2019, ya habría finalizado. Según su análisis, ni la posesión de Dina Chuquimia ni la sustitución de Gustavo Ávila reiniciaron el conteo del periodo constitucional.

La Constitución establece en su artículo 206 que el Tribunal Supremo Electoral está integrado por siete miembros: seis elegidos por dos tercios de votos en la Asamblea Legislativa Plurinacional y uno designado directamente por el presidente del Estado.

Actualmente, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), conformado por cuatro magistrados electos, debe resolver el Amparo Constitucional presentado por Dina Chuquimia contra su destitución como vocal del Tribunal Supremo Electoral. Esta acción legal, interpuesta hace más de un año, cuestiona la validez del decreto presidencial que ordenó su remoción y argumenta la vulneración de la inamovilidad de los vocales establecida en la Constitución.

Tras una audiencia pública, en octubre de 2024, la Sala Constitucional Segunda de La Paz rechazó la Acción de Amparo Constitucional mediante la Resolución Nº 258/2024, y el expediente fue remitido al TCP en noviembre de 2024, donde aún permanece pendiente de resolución.

En este contexto, se espera que el TCP emita una sentencia definitiva que clarifique la vigencia de los mandatos de los vocales designados por el expresidente Luis Arce, quienes constitucionalmente deberían cumplir un periodo de seis años. De acuerdo con esta interpretación, si el TCP fallara a favor de Arce, el actual presidente Rodrigo Paz podría proceder a destituir a todos los vocales, replicando la acción realizada anteriormente.

Dina Chuquimia sostiene que el mandato de los vocales debe contarse desde la fecha de posesión y no puede ser suspendido o anulado por decretos presidenciales, ya que la Constitución prevalece sobre cualquier norma inferior.

En el proceso legal iniciado por Chuquimia contra Luis Arce, también se incluyen dos solicitudes adicionales presentadas por el vocal Gustavo Ávila, una de ellas solicitando medidas cautelares ante el TCP. Ávila asumió su cargo en abril de 2024. Intentos por obtener declaraciones de su parte no tuvieron respuesta.

En otro caso relacionado, en junio de 2021, el entonces presidente de la Cámara de Diputados, Freddy Mamani, posesionó a ocho vocales electorales departamentales designados por Luis Arce, desplazando a seis vocales nombrados anteriormente por Jeanine Áñez, a pesar de que la Ley 018 garantizaba la inamovilidad de estos funcionarios.

Ante esta situación, la exvocal Nataly Vargas, del Tribunal Electoral Departamental de Tarija, interpuso un recurso de revocatoria contra su destitución. Sin embargo, en noviembre de 2021, la Sala Constitucional Segunda del Tribunal de Tarija rechazó la Acción de Amparo Constitucional presentada por Vargas.

Ante la negativa judicial, Vargas decidió recurrir al sistema interamericano de Derechos Humanos con la intención de presentar su caso ante la Corte Interamericana, argumentando que se vulneraron sus derechos laborales y a la función pública, además de señalar irregularidades en el debido proceso seguido para su destitución

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