La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió una resolución que ordena al concejal Juan Carlos Medrano eliminar de sus cuentas personales en redes sociales los videos en los que profiere epítetos contra el presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila. Esta medida judicial responde a un proceso iniciado a raíz de las publicaciones del concejal, que fueron consideradas como atentatorias contra derechos fundamentales vinculados a la honra, la reputación y la dignidad de una autoridad electoral.

La decisión fue comunicada mediante un boletín institucional del tribunal, que enfatiza la importancia de proteger la integridad personal y profesional de los funcionarios públicos frente a expresiones que pueden constituir ataques o difamaciones. La audiencia correspondiente se llevó a cabo el lunes, en un contexto donde los abogados particulares que representan a Gustavo Ávila buscaron frenar lo que calificaron como ataques reiterados por parte del concejal Medrano.

Este conflicto tiene su origen en una determinación adoptada por el Tribunal Supremo Electoral el 2 de febrero, cuando ratificó la eliminación de la sigla del partido ADN —con personería jurídica acreditada— de la nómina oficial de organizaciones políticas habilitadas para participar en las elecciones previstas para marzo. Como consecuencia directa de esta decisión, Juan Carlos Medrano quedó excluido de la contienda electoral, lo que motivó su reacción pública mediante videos difundidos en redes sociales.

Ante la orden judicial, Medrano debe proceder a borrar todos los contenidos en los cuales realiza declaraciones contra Gustavo Ávila. Sin embargo, el concejal ha expresado su percepción de que esta resolución busca silenciarlo y limitar su capacidad para denunciar irregularidades, aunque es importante destacar que ninguna de las denuncias presentadas por él ha llegado formalmente a la fiscalía.

El tribunal enfatizó además que esta acción constitucional no pretende restringir el derecho a la libertad de expresión, sino asegurar que su ejercicio se realice dentro del respeto a la dignidad y los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Política del Estado. En este sentido, se subraya el equilibrio necesario entre el derecho a expresarse públicamente y la protección contra ataques personales injustificados, especialmente cuando involucran a autoridades encargadas de salvaguardar procesos electorales.

Este caso cobra relevancia para la población involucrada en tanto pone en evidencia las tensiones existentes entre actores políticos durante períodos electorales y resalta el papel del sistema judicial como árbitro para garantizar el respeto mutuo y la protección legal frente a posibles abusos comunicacionales. Asimismo, refleja las dificultades inherentes al manejo público de conflictos políticos y las limitaciones legales existentes para preservar tanto los derechos individuales como el correcto funcionamiento institucional en un contexto democrático

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