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La Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz (Cainco) presentó un proyecto de ley de Promoción de Inversiones que propone la creación de un Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), con una serie de beneficios tributarios y garantías orientadas a resguardar los derechos de los inversionistas. La iniciativa busca otorgar previsibilidad a los capitales nacionales y extranjeros, en un escenario en el que la entidad considera necesario aprobar nuevas reglas para dinamizar la actividad económica y favorecer la generación de empleo.

La propuesta aparece además en un momento en que el Gobierno nacional también impulsa una normativa orientada a atraer capitales. En ese contexto, Cainco plantea un marco legal específico para proyectos de gran escala, bajo la premisa de que el país requiere certidumbre y condiciones estables para canalizar inversiones de largo plazo.

De acuerdo con el proyecto de ley, las inversiones que accedan al RIGI deberán cumplir requisitos concretos de monto, permanencia y plazo. La norma prevé que los emprendimientos alcancen al menos 50 millones de dólares y que contemplen una inversión mínima de 15 millones de dólares en cada uno de los dos primeros años, además de otras condiciones destinadas a asegurar que los recursos se orienten a actividades sostenidas en el tiempo.

Desde Cainco, el gerente de Asuntos Corporativos, Luis Fernando Strauss, sostuvo que la aprobación de la norma no debería extenderse más allá de diciembre. En ese marco, afirmó que “el país necesita certidumbre, confianza e inversiones que traigan divisas, empleo y bienestar para nuestra población”.

El régimen propuesto abarca proyectos vinculados con los sectores forestal, agroindustrial, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia y energía, según el texto al que tuvo acceso UNITEL. Las empresas que busquen acogerse al beneficio deberán cumplir con las condiciones establecidas en la ley, mientras que los proyectos admitidos serán declarados de interés nacional y podrán acceder a incentivos tributarios y mecanismos de protección de los derechos adquiridos.

Entre los beneficios planteados, el artículo 33 fija una alícuota del 10% para el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y otra del 10% para el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE). Además, habilita la importación y exportación libre de los bienes necesarios para la construcción, operación y desarrollo de los proyectos, sin restricciones cuantitativas ni cupos de carácter económico.

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