El Concejo Municipal de Cochabamba ha implementado un nuevo marco normativo que rige desde el 26 de mayo, tras la abrogación del anterior Reglamento Interno. Esta nueva disposición introduce diversas limitaciones y especificaciones para el ejercicio de las funciones de los concejales, afectando aspectos como la realización de inspecciones, la gestión de licencias remuneradas, los tiempos de intervención durante las sesiones plenarias y las condiciones de pago asociadas a distintos tipos de ausencias.

Según explicaciones del oficial mayor de Coordinación Legislativa y Desarrollo Autonómico del Concejo, Henry Gonzalo Rico García, la modificación busca resolver inconsistencias y aportar mayor claridad a términos que antes generaban confusión.

Uno de los cambios más significativos, detallado por el oficial mayor, es la exclusión de las inspecciones del ámbito de la fiscalización. Se enfatizó que, bajo la nueva normativa, las inspecciones no constituyen actos de fiscalización, a diferencia del reglamento anterior que sí las incluía en esa categoría. Ahora, las acciones consideradas fiscalización se limitan a las peticiones de informe escrito, peticiones de informe oral y las minutas de comunicación. Si bien los concejales aún pueden realizar inspecciones, estas deben ser solicitadas a través de sus respectivas comisiones, las cuales canalizarán el pedido a la Presidencia del Concejo. Esta instancia, a su vez, informará al Ejecutivo Municipal para que el Alcalde o un representante designado acompañe la diligencia.

Esta modificación, entre otras, ha generado controversia y descontento en algunos sectores del Concejo. La concejala Escarlen Terrazas, representante del Movimiento Al Socialismo (MAS), manifestó su desacuerdo, señalando la existencia de numerosas deficiencias en el reglamento. Según Terrazas, las inspecciones eran fundamentales para el ejercicio de la fiscalización, y la nueva exigencia de comunicar previamente su realización coarta este derecho, comparando la situación con alertar a un infractor antes de una intervención.

Otro aspecto modificado es el uso de la palabra en las sesiones. El reglamento anterior permitía intervenciones de duración indeterminada, lo que podía derivar en sesiones prolongadas. El nuevo reglamento establece límites de tiempo: diez minutos para el tratamiento de proyectos de ley en su etapa en grande y cinco minutos por artículo en la etapa en detalle, permitiéndose una sola intervención por cada etapa. Asimismo, se exige que los concejales se ciñan estrictamente a los temas contemplados en el orden del día. No obstante, si un concejal alude directamente a otro durante su intervención, el aludido tiene derecho a responder por un espacio de tres minutos.

En cuanto a las licencias, la nueva normativa suprime las licencias remuneradas que antes permitían a los concejales ausentarse dos días al mes con goce de haberes, sumando un total de veinticuatro días anuales. El oficial mayor explicó que, al ser funcionarios electos, su condición es la de servidores públicos, y este tipo de licencia se sustituye por el derecho a la vacación. Los quince días de vacación anual establecidos por ley pueden ser utilizados de manera discontinua para cubrir ausencias, como la inasistencia a sesiones.

Se han detallado también las condiciones salariales cuando un concejal asume temporalmente la suplencia del Alcalde. Si la ausencia del Alcalde es por licencia sin goce de haberes (por motivos personales o fuerza mayor), el concejal suplente percibe el salario del titular, y su suplente es habilitado para percibir el salario de concejal. En cambio, si la licencia del Alcalde es por una comisión oficial, el concejal que ejerce la suplencia mantiene su salario de concejal, ya que el Alcalde titular sigue percibiendo el suyo durante la comisión. En este último caso, no se habilita al suplente del concejal. Las bajas médicas certificadas por el seguro de salud a corto plazo constituyen una excepción a estas reglas.

Además, se ha clarificado la posibilidad de que los concejales, al igual que el Alcalde, soliciten una licencia sin goce de haberes por razones de fuerza mayor o personales, ya sea dentro del país o para viajes al exterior, por un periodo máximo de noventa días continuos o discontinuos. El reglamento anterior no especificaba claramente este punto. Se establece que la no reincorporación al cargo tres días después de finalizada esta licencia implica una dejación del cargo o renuncia tácita. Esta disposición también ha generado cuestionamientos. La concejala Daniela Cabrera, disidente de Súmate, ha señalado que estos cambios podrían favorecer al actual alcalde, Manfred Reyes Villa, quien ha anunciado su intención de solicitar licencia temporal para dedicarse a su campaña presidencial.

El reglamento incorpora, además, otros derechos de licencia con goce de haberes que antes no estaban explícitamente contemplados o eran ignorados, según el oficial mayor. Estos incluyen tres días hábiles por matrimonio, por el fallecimiento del cónyuge o hijos, y por el nacimiento de un hijo.

Otro término que se ha precisado es el de interpretación. Rico García explicó que el reglamento anterior atribuía a las comisiones la facultad de interpretar las disposiciones municipales, lo cual consideró incorrecto. Bajo la nueva norma, la facultad de interpretar cualquier disposición municipal recae exclusivamente en el Pleno del Concejo, es decir, en la totalidad de los once concejales.

Ante la aprobación del nuevo reglamento, la concejala Terrazas ha anunciado la intención de asumir acciones legales. Se prevé la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos, con el objetivo de revertir medidas que, a su juicio, son atentatorias contra los derechos de la población, considerando que la fiscalización es una función primordial de los concejales.

El oficial mayor recordó que el anterior Reglamento Interno, vigente desde 2014, había sido objeto de modificaciones en 2014, 2015 y 2016. El nuevo Reglamento General fue aprobado por dos tercios de los votos, en cumplimiento de la Ley 482 de Gobiernos Autónomos Municipales. Sin embargo, las concejalas Terrazas y Cabrera puntualizaron que la aprobación se concretó en ausencia de tres concejalas que se encontraban suspendidas en ese momento

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