Una orden de aprehensión ha sido emitida contra Mónica Eva Copa, la principal autoridad edil de El Alto, en el marco de una investigación que la vincula con un presunto delito de homicidio culposo. La disposición judicial, fechada el 11 de septiembre en la localidad de Achocalla, La Paz, fue firmada por el fiscal Néstor Ticona Henao y se hizo pública este jueves.
El caso que fundamenta esta medida judicial se remonta a un trágico deslizamiento de tierra ocurrido en la Zona Arcoíris de Achocalla. Este evento resultó en la lamentable pérdida de una vida adulta y de dos menores de edad, de dos y siete años respectivamente. Además, el aluvión dejó a cuarenta familias sin hogar y sepultó una decena de vehículos bajo una capa de lodo.
El documento oficial instruye la detención de la burgomaestre con el propósito de que se presente ante la autoridad competente para rendir su declaración informativa policial. Se especifica que deberá comparecer asistida por su abogado defensor y portando su cédula de identidad, en calidad de investigada. Jesús Mamani Espinoza figura como el querellante en este proceso. La resolución fiscal faculta a cualquier miembro de la Policía Nacional o funcionario público autorizado a ejecutar la aprehensión y poner a la alcaldesa a disposición de las instancias judiciales correspondientes.
Al ser consultada sobre esta situación, la alcaldesa Mónica Eva Copa manifestó no tener conocimiento de la existencia de tal orden. Aseguró que ha continuado con sus actividades habituales en el municipio, incluyendo la supervisión de obras y viajes, sin haber experimentado ningún tipo de inconveniente.
La autoridad edil presume que la orden podría estar relacionada con el incidente en Achocalla, específicamente con acusaciones que sugieren que la Alcaldía de El Alto habría autorizado construcciones en la Zona Arcoíris. Sin embargo, la alcaldesa negó categóricamente haber otorgado tales permisos, argumentando que su jurisdicción no abarca Achocalla, lo cual considera una imputación irracional. No obstante, afirmó que, de ser convocada, acudirá conforme a derecho para presentar sus descargos.
Copa añadió que previamente había sido notificada en calidad de testigo y reiteró su disposición a acatar las convocatorias judiciales. Subrayó la importancia de colaborar con las autoridades y exponer su versión de los hechos, insistiendo en que no tiene ninguna implicación en lo sucedido en Achocalla. Adicionalmente, mencionó que su municipio no autoriza planimetrías en dicha área, y que, de hecho, existe un conflicto limítrofe con Achocalla que afecta a los distritos 1, 8 y 12.
La medida de aprehensión se fundamenta en un requerimiento fiscal emitido el 27 de agosto de 2024 y se ampara en el artículo 224 del Código de Procedimiento Penal. Dicha normativa permite la emisión de mandamientos de detención cuando una persona citada no comparece o no justifica su inasistencia ante la autoridad competente
