El presidente Rodrigo Paz Pereira promulgó el Decreto Supremo 5515, que introduce modificaciones en la estructura del Órgano Ejecutivo y autoriza al mandatario a ejercer sus funciones constitucionales desde el extranjero de manera temporal, mediante el uso de tecnologías de comunicación. Esta normativa fue aprobada el 29 de diciembre de 2025 durante una sesión del Consejo de Ministros.
Esta disposición modifica los artículos 9 y 10 del Decreto Supremo 4857 con el propósito de adaptar el funcionamiento del Ejecutivo al avance tecnológico. En esencia, establece que cuando el presidente se encuentre fuera del país, podrá continuar cumpliendo con sus atribuciones establecidas en el artículo 172 de la Constitución Política del Estado a través de canales oficiales de comunicación digital.
El decreto enfatiza que esta medida busca garantizar la continuidad en la gestión pública y evitar interrupciones en el mando presidencial, respetando el principio constitucional de coordinación y colaboración entre los órganos estatales. Asimismo, se aclara que el ejercicio de funciones a distancia será temporal y no suprime la figura de suplencia presidencial contemplada en la Constitución.
En caso de que no sea viable el uso de medios tecnológicos, el presidente deberá informar de manera escrita y con fechas concretas al vicepresidente sobre las acciones que podrá realizar durante el período de suplencia temporal. Esta suplencia se levantará automáticamente una vez que el presidente regrese al territorio nacional.
Además, el decreto redefine las responsabilidades del vicepresidente durante estos intervalos, estableciendo que su actuación debe ajustarse a las instrucciones previamente comunicadas por el presidente y ejecutarse en coordinación con el Ministerio de la Presidencia, salvo que se otorguen facultades adicionales de forma expresa.
Como parte de las disposiciones transitorias, se instruye al Ministerio de la Presidencia y a la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (AGETIC) a implementar, en un plazo máximo de diez días calendario, los canales tecnológicos oficiales necesarios para la aplicación efectiva de esta normativa. Esta iniciativa refuerza el uso de la tecnología como una herramienta clave para la modernización y eficiencia en la administración pública.
El Gobierno fundamenta esta decisión en la necesidad de optimizar la eficacia administrativa, fortalecer la coordinación entre instituciones y brindar seguridad jurídica tanto a la ciudadanía como a la comunidad internacional. En resumen, el ejercicio del poder presidencial se mantiene activo incluso cuando el mandatario se encuentre fuera del país, siempre que cuente con acceso a medios digitales
