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El Decreto Supremo 5726 dio paso a la creación del Programa Nacional de Renovación de Vehículos PATRIA, una nueva iniciativa orientada a financiar la compra de vehículos para personas que pertenezcan al sector del transporte público. La norma establece el marco general del programa, aunque deja para una reglamentación posterior varios aspectos esenciales sobre su aplicación, alcance y requisitos de acceso.

De acuerdo con el decreto, la finalidad del programa será financiar la compra de vehículos a requerimiento de los beneficiarios, siempre bajo condiciones que deberán definirse más adelante. Por ahora, el texto legal solo fija como criterio básico que los interesados formen parte del transporte público, sin precisar qué documentación deberán presentar, qué antigüedad deberá tener el vehículo, cuántos años de servicio se exigirán ni qué modalidades de transporte quedarán comprendidas.

Uno de los puntos centrales del DS 5726 es que el acceso al programa no implica una entrega gratuita de vehículos. La norma habla expresamente de financiamiento y crea un sistema para controlar y realizar el pago de ese financiamiento, lo que supone una obligación financiera para quienes resulten beneficiados. Ese mecanismo estará articulado a través del Sistema Informático de Financiamiento Integrado por Consumo de Combustibles (SIFICC), que funcionará interconectado con las estaciones de servicio mediante el B-SISA. Según el decreto, esa conexión permitirá establecer mecanismos de control y pago del financiamiento adquirido por los beneficiarios.

En cuanto a los recursos, el decreto prevé varias fuentes de financiamiento para la nueva estructura. La Entidad Ejecutora de Renovación Vehicular PATRIA podrá operar con recursos del Tesoro General de la Nación, sujetos a disponibilidad financiera, además de fondos provenientes del Fondo de Conversión de Vehículos a GNV (FCVGNV), del Fondo de Recalificación y Reposición de Cilindros de GNV (FRCGNV), donaciones y créditos nacionales o extranjeros. Asimismo, para la implementación específica del programa de renovación, se autoriza el uso de fondos, fideicomisos u otros mecanismos financieros que sean técnica y financieramente viables.

La norma también redefine la institución encargada de administrar estos procesos. La hasta ahora denominada Entidad Ejecutora de Conversión a Gas Natural Vehicular (EEC-GNV) cambia de nombre y pasa a llamarse Entidad Ejecutora de Renovación Vehicular PATRIA (EERV PATRIA). Además, deja de depender de la estructura anterior y pasa a estar bajo tuición del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, manteniendo su carácter de entidad pública desconcentrada.

Pese a esta reconfiguración institucional, el decreto no elimina los programas ya existentes vinculados al gas natural vehicular. La nueva EERV PATRIA tendrá a su cargo cuatro líneas de trabajo: conversión a GNV y mantenimiento de equipos; recalificación y reposición de cilindros de GNV; transformación de vehículos de diésel a GNV; y el nuevo Programa Nacional de Renovación de Vehículos PATRIA. Al mismo tiempo, la norma establece de manera expresa que los programas de conversión, mantenimiento, cilindros y transformación de diésel a GNV continuarán vigentes bajo la normativa actual.

El cambio institucional tampoco implica que todo deba recomenzar desde cero. El decreto dispone que los acuerdos, convenios, contratos e instrumentos legales, financieros y administrativos suscritos por la EEC-GNV mantendrán su vigencia. Del mismo modo, los procesos administrativos y judiciales, así como los pasivos y la documentación correspondiente, pasarán a la nueva EERV PATRIA. En relación con el personal, la norma señala que podrá ser incorporado a la nueva entidad previa evaluación.

Con este decreto, el Gobierno abre una nueva etapa para la política de renovación vehicular, aunque buena parte de su funcionamiento concreto dependerá de la reglamentación que aún debe emitirse.

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