La Cámara de Diputados sancionó, con modificaciones, el Proyecto de Ley N.º 526/2024-2025, que establece la provisión de pasajes aéreos solidarios para pacientes con cáncer, enfermedades terminales y personas en estado crítico que requieran trasladarse para recibir atención médica especializada.
El presidente de la Cámara de Diputados, Roberto Castro Salazar, informó que, al haberse aceptado las modificaciones propuestas por la Cámara de Senadores, la norma quedó sancionada y será remitida al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
La ley contempla la entrega de pasajes nacionales e internacionales para los pacientes y también prevé la posibilidad de cubrir el traslado de acompañantes. En el caso de niñas, niños y adolescentes, se establece la provisión de dos pasajes para padres o familiares responsables.
La disposición también obliga a las empresas aéreas públicas y privadas a reservar al menos cuatro asientos subvencionados o solidarios por vuelo, tanto en rutas nacionales como internacionales.
Para acceder al beneficio, el paciente deberá presentar un certificado médico físico o digital emitido por un hospital especializado. Ese documento deberá ser verificado y validado de manera inmediata por la autoridad sanitaria más cercana.
Además, las aerolíneas deberán programar los pasajes con la mayor brevedad posible y no podrán negar su emisión por motivos injustificados.
En caso de incumplimiento, las empresas aéreas serán sancionadas conforme a la normativa nacional vigente y por la autoridad competente. Si se detecta fraude en los certificados médicos, los antecedentes deberán ser remitidos al Ministerio Público para el inicio de los procesos correspondientes contra los beneficiarios, médicos y hospitales involucrados.
Finalmente, los ministerios de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, y de Salud y Deportes tendrán un plazo de 30 días, desde la publicación de la ley, para emitir la reglamentación correspondiente.