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La Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo recordó a la población que existen restricciones vigentes para acceder al cobro de la Renta Dignidad, por lo que los adultos mayores y sus familias deben tomar en cuenta qué sectores quedan excluidos de este beneficio, según lo establecido en la ley.

De acuerdo con las excepciones previstas en el artículo 3, inciso a, de la Ley N° 3791, modificada por la Ley N° 1613, las personas de 60 años o más no pueden percibir la Renta Dignidad si se encuentran dentro de determinados grupos. Entre ellos están los trabajadores dependientes del sector público que reciben una remuneración contemplada en el Presupuesto General del Estado, así como los trabajadores dependientes del sector privado que continúan laborando en empresas privadas.

La normativa también excluye a los accionistas, socios y/o directores que formen parte de sociedades comerciales y que estén registrados en el Registro de Comercio, siempre que tengan 60 años cumplidos o más.

Ante cualquier duda sobre una situación particular o sobre las condiciones para acceder a este beneficio social, la entidad informó que mantiene habilitados canales de atención para la ciudadanía. La línea gratuita disponible es 800 10 1610 y también se puede consultar información en el sitio web oficial www.gestora.bo.

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