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El presidente Rodrigo Paz Pereira promulgó este sábado 31 de octubre el Decreto Supremo N.º 5759, luego de recibir la recomendación del Consejo Nacional para la Reducción de Riesgos y Atención de Desastres y/o Emergencias (CONARADE), en una decisión que formaliza la declaratoria de emergencia nacional ante la situación de sequía y el riesgo de nuevos eventos climáticos adversos.

La norma parte del reconocimiento de que varias regiones del país ya enfrentan las consecuencias de la escasez de agua y, al mismo tiempo, advierte que el fenómeno de El Niño podría derivar en nuevas afectaciones durante el periodo 2026-2027. En ese marco, el decreto no se limita a responder a la falta de agua, sino que amplía su alcance a la preparación frente a otros posibles desastres naturales.

De acuerdo con el artículo 2, la declaratoria responde tanto a la presencia de sequía como al riesgo inminente de heladas, granizadas, incendios forestales, inundaciones, riadas y desbordes. Los fundamentos de la disposición identifican la sequía en el Altiplano, los Valles y el Chaco, mientras que los escenarios de riesgo del SINAGER-SAT alertan sobre otras amenazas climáticas que podrían presentarse en distintas zonas del país.

El Decreto 5759 se apoya en la Ley 602 de Gestión de Riesgos, que establece como prioridad la protección de la vida, la integridad física y la salud de las personas por encima de la infraestructura y los bienes materiales. En esa línea, el artículo 1 señala que la finalidad de la norma es resguardar los medios de vida de la población boliviana, lo que implica atender situaciones que puedan comprometer la subsistencia de las familias, especialmente de aquellas que dependen de actividades productivas afectadas por fenómenos climáticos.

La disposición también retoma las competencias nacionales en materia de gestión de riesgos y el mecanismo de coordinación previsto por la Ley 602. Bajo ese esquema, el Ministerio de Defensa y las demás instituciones competentes deberán articular acciones con las gobernaciones y los municipios para responder a la emergencia. Además, el decreto encomienda a los ministros de Estado su ejecución y cumplimiento desde sus respectivos despachos.

Uno de los elementos centrales del texto aparece en sus fundamentos, donde se establece que la declaratoria busca también sustentar la activación de mecanismos de financiamiento contingente para enfrentar los efectos de la sequía y los eventuales impactos climáticos que puedan presentarse. Antes de la promulgación, el CONARADE emitió la Resolución N.º 014/2026, del 30 de octubre, con la recomendación formal para que el presidente declare la emergencia nacional.

Un día después, el Ejecutivo concretó esa determinación mediante el Decreto Supremo 5759, en un contexto marcado por afectaciones ya visibles por la falta de agua y por previsiones sobre posibles eventos extremos en los próximos meses.

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