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Los policías y militares que tengan reclamos contra el Estado por los sucesos de octubre y noviembre de 2019 y que hayan visto afectados sus derechos salariales y laborales podrán acudir a sus instituciones para intentar recuperar lo que perdieron en los procesos iniciados después de 2020, de acuerdo con el proyecto de ley aprobado la noche de este miércoles en la Cámara de Diputados.

En la parte considerativa, el documento sostiene que el Estado debe corregir actos administrativos viciados cuando estos fueron usados como mecanismos de represalia política y no como verdaderos instrumentos de disciplina institucional. También aclara que la revisión extraordinaria no supone una absolución automática ni un beneficio indiscriminado.

La Cámara de Diputados aprobó con más de dos tercios de votos los 21 artículos del proyecto presentado por los legisladores Carlos Alarcón y Alejandro Reyes, ambos de Unidad. No hubo debate en la etapa de detalle, y las intervenciones se concentraron únicamente en la etapa en grande. Tras su aprobación, la propuesta fue remitida al Senado para su tratamiento y eventual conversión en ley.

Los proponentes no precisaron cuántos militares y policías fueron afectados por los procesos impulsados durante el gobierno de Luis Arce, periodo en el que se iniciaron los juicios. Sin embargo, señalaron que los jefes militares de entonces sí fueron procesados y estuvieron detenidos, por lo que perdieron todos sus derechos, y serían ellos quienes podrían beneficiarse con esta norma.

El artículo 2 del proyecto, referido a la Policía, establece que podrán acogerse a la medida quienes hayan sido sancionados con llamada de atención escrita, arresto, trabajos en fines de semana y feriados, retiro temporal con pérdida de antigüedad y sin goce de haberes, retiro o baja definitiva de la institución sin goce de haberes, reincorporación con afectación a la antigüedad o escalafón, o afectación en evaluaciones, ascensos o registros institucionales. Las mismas condiciones se aplican para el personal militar.

La propuesta también dispone que, una vez restituidos los derechos del personal policial y militar perjudicado, estos deberán iniciar las acciones administrativas, civiles, penales y de repetición contra quienes promovieron los procesos. En esa lista se incluyen exministros, exviceministros, exasesores jurídicos de los ministerios, fiscales y jueces que habrían actuado privando de derechos a los uniformados afectados.

El proyecto, además, deja fuera de este beneficio a los militares procesados por el llamado Zuñigazo, quienes también buscaban una reparación por los daños a sus derechos. El artículo 18 es explícito al señalar que quedan excluidos de esta ley los militares involucrados en los sucesos del 26 de junio de 2024, conforme al objeto de la norma.

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