El presidente de la Sala Constitucional Tercera de El Alto, Ricardo Guisbely Limachi, resolvió negar la tutela solicitada por el abogado Wilmer Vasquez en relación al Decreto Supremo 5515, que faculta al presidente Rodrigo Paz a gobernar de manera remota. Esta decisión implica que habrá que esperar la resolución que emita el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) en Sucre, donde se encuentran dos demandas de inconstitucionalidad vinculadas a este decreto.
Durante la lectura de la resolución, el vocal explicó que la tutela fue rechazada debido a la improcedencia del recurso por sustracción de objeto, sin entrar en el análisis de fondo del decreto emitido el 29 de diciembre de 2025. Vasquez había presentado previamente una acción popular contra dos decretos supremos: el 5503, cuyo recurso fue desestimado en Santa Cruz, y ahora esta segunda acción, que también fue negada. En ambos casos, se le indicó que la acción popular no era el mecanismo adecuado para tratar este tipo de demandas.
El magistrado señaló que la acción popular es una garantía procesal constitucional orientada a proteger derechos colectivos y difusos frente a actos u omisiones que los afecten, pero no es idónea para anular normas de carácter general, como el decreto 5515. Por esta razón, la petición de Vasquez no pudo ser acogida mediante esta vía.
A pesar de que las salas constitucionales de La Paz y Santa Cruz rechazaron las acciones populares presentadas, aún está pendiente la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, donde se tramitan dos demandas de inconstitucionalidad sobre el mismo tema. Sin embargo, el TCP enfrenta una paralización debido a que cuenta únicamente con cuatro magistrados, insuficientes para conformar quórum en sala plena, lo que dificulta la emisión de una resolución definitiva
