El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) determinó excluir al partido político Acción Democrática Nacionalista (ADN) de la contienda electoral para las elecciones subnacionales, además de ordenar al Tribunal Supremo Electoral (TSE) que continúe con el proceso para cancelar su personería jurídica. Esta decisión anula una resolución previa que había otorgado una medida cautelar a favor de ADN en el marco de una Acción de Inconstitucionalidad Concreta.
Según el auto Constitucional 0782/2025 – CA, el TCP dejó sin efecto la resolución TSE-RSP-JUR No 0170 del 7 de noviembre de 2025, que había suspendido temporalmente la cancelación de la personería jurídica de ADN. Con este fallo, el TSE debe proceder conforme al artículo 58 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas para formalizar la cancelación de la personería de esta agrupación.
Acción Democrática Nacionalista, fundada en 1987 por el expresidente Hugo Banzer Suárez, pone fin a casi cuatro décadas de participación en la política nacional. En agosto de 2025, el Tribunal Supremo Electoral oficializó los resultados de las elecciones generales realizadas el 17 de agosto, en los cuales se evidenció que ADN no alcanzó el mínimo requerido del 3% de votos válidos para mantener su personería jurídica.
El vocal del TSE, Tahuichi Tahuichi, indicó que tras la publicación de los resultados se activó el procedimiento para cancelar la inscripción del partido. En una situación similar se encuentra Unidad Cívica Solidaridad (UCS), partido del actual alcalde de Santa Cruz, que tampoco logró superar el umbral establecido, lo que implica la pérdida de su personería jurídica.
De cara a las elecciones subnacionales programadas para el 22 de marzo de 2026, ADN y el partido SAO han formado una alianza para presentar candidaturas conjuntas a nivel nacional. Actualmente, se aguardan las decisiones del Tribunal Supremo Electoral sobre la validez y efectos de esta coalición en el contexto de la cancelación de la personería de ADN
